


La RTO y el seguro siguen siendo obligatorios para circular en el país
El Glaciar TDF
La Revisación Técnica Obligatoria (RTO y el seguro automotor continuarán siendo obligatorios para circular por el país, según indicaron a Télam fuentes oficiales, ya que el decreto de necesidad y urgencia (DNU) dispuesto por el Gobierno nacional no modifica la Ley de Tránsito 24.449 que establece la obligatoriedad de ambos requisitos.
Las dudas surgieron a partir de que el DNU 70/2023 publicado este jueves en el Boletín Oficial sustituye, mediante el Artículo 361, el artículo 22 del Decreto-Ley Nº 6582/58 ratificado por la Ley N° 14.467.
Esta nueva normativa indica: "La cédula, la licencia para conducir y el comprobante de pago de patente son los únicos documentos exigibles para circular con el automotor, y las autoridades provinciales o municipales no podrán establecer otros requisitos para su uso legítimo".
Y afirma que "será obligatorio exhibir esos documentos a la autoridad competente, pero no podrán ser retenidos si no mediare denuncia de hurto o robo del automotor u orden de autoridad judicial".
Al no hacer referencia a la RTO y al seguro de responsabilidad civil, "La RTOVTV" se convirtió en tendencia en la red social X al interpretar, algunos usuarios, que la verificación y el seguro dejaban de ser obligatorios para circular.
No obstante, las reformas introducidas al sistema registral del automotor y los motovehículos por el nuevo DNU, están basadas en el régimen vigente donde ya se pedía la misma documentación, sin hacer referencia a la RTO y el seguro.


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