Massa presenta medidas de alivio fiscal para pequeños contribuyentes y mipymes

Prevén implementar un plan de facilidades de pago para cancelar deudas, suspender el inicio de juicios de ejecución fiscal y prorrogar el vencimiento de las obligaciones de septiembre a diciembre.

NACIONALES22/09/2023El Glaciar TDFEl Glaciar TDF
multimedia.normal.aa3cc206a6d85978.UHltZXNfbm9ybWFsLndlYnA=
Massa presenta medidas de alivio fiscal para pequeños contribuyentes y mipymes

El ministro de Economía, Sergio Massa, presenta este viernes una serie de medidas de alivio fiscal para micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) a las 11.30 en la sede del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la ciudad de Buenos Aires.

Según confirmaron desde el Palacio de Hacienda, Massa detallará las medidas que Economía encomendó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que incluyen un plan de facilidades de pago para la cancelación de deudas, la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal, y la prórroga del vencimiento de las obligaciones de septiembre a diciembre próximo.

Lo hizo a través de la resolución 1416/2023 publicada este viernes en el Boletín Oficial que le encarga a la AFIP instrumentar un plan de facilidades de pago para la cancelación de las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, vencidas hasta el 31 de agosto último, destinado a mipymes, personas humanas y sucesiones indivisas que sean consideradas pequeños contribuyentes, y entidades sin fines de lucro que se encuentren registradas.

También resuelve que disponga la suspensión del inicio de los juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares para todos estos contribuyentes hasta el 31 de diciembre próximo.

Asimismo, que prorrogue el vencimiento de las obligaciones de pago del aporte personal de los trabajadores autónomos, correspondiente a setiembre, octubre, noviembre y diciembre de este año, y del impuesto al valor agregado, correspondiente a los mismos períodos fiscales. Las nuevas fechas de vencimiento para el pago de las obligaciones prorrogadas no podrá ser anterior al 1° de marzo de 2024.

Te puede interesar
Lo más visto

Suscríbete al newsletter para recibir periódicamente las novedades en tu email